A- de 2022
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Carlos Andres Maestre Becerra Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incompetencia de la Corte Constitucional para conocer demanda contra decreto reglamentario
- Rechazar por improcedente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó por falta de competencia de la Corporación.
La Sala Plena de la Corporación concluyó que el rechazo se encuentra justificado y, por tanto, decidió CONFIRMAR en su integridad el auto recurrido.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (24 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR en su integridad el Auto dictado el 13 de diciembre de 2021 por la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, mediante el cual rechazó las demandas de inconstitucionalidad interpuestas contra el Decreto 1408 de 2021, "por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19 y el mantenimiento del orden público".
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, COMUNICAR el contenido de esta decisión a los demandantes y advertir que contra ella no procede recurso alguno.
- Una vez quede ejecutoriado el presente auto, ARCHÍVESE el expediente.
- Notifíquese y Cúmplase,
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Presidente
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- GLORIA STELLA ORTÍZ DELGADO
- Magistrada
- No interviene
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Magistrada
- JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- ALBERTO ROJAS RÍOS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.